Lei 13.966/2019 Ready
🇪🇨 Franquicias de Ecuador en Brasil Soft Landing & Master Franchising

Expansión de Franquicias de Ecuador en Brasil: Servicios B2B y Software

Guía estratégica, legal y operativa para marcas y grupos empresariales de Ecuador que planean ingresar al mayor mercado de franquicias de América Latina, estructurando el modelo de Remesa de Regalías al Exterior: Registro en el INPI y Banco Central (BACEN) bajo total conformidad con la legislación brasileña.

Direct Answer • Resumen Ejecutivo para Inversores y Directivos
"Para remesar regalías desde Brasil legalmente y obtener la deducibilidad fiscal en el impuesto sobre la renta (IRPJ), el contrato de franquicia internacional debe ser registrado ante el INPI y declarado en el sistema de capitales extranjeros del Banco Central do Brasil."
✓ Marco Legal: Lei nº 13.966/2019
✓ Plaza Principal: São Paulo & Sudeste
✓ Protección: INPI & BACEN Ready
🇪🇨 Origen: Ecuador Capital: Quito

Acuerdo Comercial & Marco Legal Bilateral

Acuerdo CAN-Mercosur (ACE 59) de desgravación arancelaria progresiva.

Régimen en Origen: Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos (SENADI) y Código de Comercio.
Tratamiento en Brasil: Depósito de contratos de Know-How y secreto industrial en el INPI de Brasil.
🇧🇷 Destino: Brasil (Servicios B2B y Software) Share: 9% del mercado de franchising

Oportunidad de Mercado & Cadena de Valor

Infraestructura en la nube con servidores locales en la región AWS/Azure de São Paulo para baja latencia.

Ticket Medio Brasil R$ 800 a R$ 5.000 mensuales
Payback Estimado 6 a 15 meses

Pasos Esenciales para Estructurar: Remesa de Regalías al Exterior: Registro en el INPI y Banco Central (BACEN)

Fundamentado en la legislación brasileña (Ley nº 9.279/1996 (Ley de Propiedad Industrial - Art. 211) y Ley nº 14.286/2021 (Nuevo Marco Cambial de Brasil).).

01

Inscribir el contrato de franquicia traducido al portugués ante la Dirección de Contratos del INPI.

02

Generar el Registro Declaratorio Electrónico (RDE-IED/Registro de Capitales) en el BACEN.

03

Aplicar la retención del Impuesto sobre la Renta en la Fuente (IRRF - 15% o alícuota del tratado de doble tributación).

04

Gestionar la exención o reducción de la CIDE-Tecnología según la naturaleza de las licencias concedidas.

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